martes , 19 marzo 2024

El nuevo RD 656/2017 para almacenar productos químicos. 6 aspectos interesantes del Reglamento General

Aprobado por el consejo de ministros en junio, por fín ve la luz el RD 656/2017, nuevo Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos del 25 de julio. Una fecha, veraniega, en la que todos los días nos despertamos con noticias de incendios, árboles que se queman, dotaciones de bomberos, desastres, contaminación y destrucción. Por tanto, es una gran noticia el que por fín, el gobierno y la industria española tome medidas para regular y evitar muchas de las causas de estos incendios, como pueden ser el almacenamiento incorrecto en instalaciones industriales, los almacenes de productos químicos, los pequeños talleres, las fábricas.

Tomar medidas de prevención, sectorizar, medir, analizar, calcular, ordenar. Palabras que a partir de ahora, los responsables de seguridad de las instalaciones tendrán que tener en cuenta a la hora de proyectar nuevas zonas de almacenamiento, así como modificar las existentes para cumplir con el RD 656/2017.

Analicemos a continuación, 6 aspectos interesantes de este nuevo Reglamento:

1- Quién es el responsable de las instalaciones de productos químicos según el RD 656/2017?

El titular de las instalaciones será responsable del cumplimiento de las normas establecidas en este Reglamento y sus instrucciones técnicas complementarias, así como de su correcta explotación.

El mismo deberá cubrir con una garantía o seguro la responsabilidad civil que pudiera derivarse el almacenamiento.

Las inspecciones y revisiones que puedan realizarse no eximen al titular del cumplimiento de las obligaciones en cuanto al estado  de las instalaciones.

Aquí cobra vital importancia el papel de los consejeros de seguridad, responsables de medio ambiente, recursos humanos y prevencionistas en su papel de velar por la seguridad industrial y el cumplimiento de la normativa. Son profesionales de vital importancia en las organizaciones.

 

2- ¿Inspecciones de las instalaciones según APQ?:

Será el órgano competente de cada Comunidad Autónoma, de oficio o a solicitud de persona interesada quien disponga cuantas inspecciones de las instalaciones sean necesarias, así como su frecuencia.  Es importante el hecho de que lo que ocurra en la nave de al lado, puede afectar a la propia, pues un incendio no entiende de propiedad privada, pública, o naves colindantes. La prevención es imprescindible.

3- ¿Qué productos químicos son peligrosos en el RD 656/2017?

El Reglamento 656/2017 aplica a las condiciones de seguridad de las instalaciones de almacenamiento, carga, descarga y trasiego de productos químicos peligrosos. Se entienden como tales las sustancias o mezclas consideradas peligrosas según el Reglamento (CE) 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo  16/12/2008 sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas. También son objeto de este Reglamento los almacenamientos en recipientes fijos de líquidos combustibles con punto de inflamación superior a 60º e inferior o igual a 100º.

¿Cómo sabemos que un producto químico es peligroso? La respuesta es sencilla. Comprobando si su recipiente lleva una etiqueta de peligro y analizando su ficha de datos de seguridad.

APQ 10 Almacenamiento en recipientes móviles según el RD 656/2017

Los productos peligrosos son etiquetados según CLP

 

De ahí debemos considerar que casi todas las sustancias son peligrosas hasta que se demuestra lo contrario. Existe una percepción general entre la población de que los productos peligrosos son aquellos radiactivos, o corrosivos, o tal vez las gasolinas. Cuando en realidad, muchos de los productos cotidianos que nos rodean son inflamables o combustibles, como pinturas o aceites, tan inocentes al parecer pero peligrosos si hay una fuente de ignición cerca.

4- ¿Qué ocurre con los almacenamientos conjuntos en el RD 656/2017?

Es muy frecuente que en muchos talleres o fábricas se almacenen de forma conjunta botes, bidones, garrafas o botellas de varios productos diferentes entre sí. ¿Qué dice el Reglamento 656/2017 al respecto? Que cuando en una misma instalación se almacenen, carguen y descarguen o también trasieguen productos químicos que presenten distintos riesgos, será exigible que se apliquen las prescripciones técnicas más severas.

 

5- El RD 656/2017 también tiene exclusiones

-El Reglamento no se aplica  al transporte de los productos químicos por carretera, ferrocarril, vía marítima o aérea. También se excluyen las estancias temporales intermedias para realizar exclusivamente cambios de modo de transporte.

-Tampoco aplica a los almacenamientos en tránsito. Se considera almacenamiento en tránsito el almacenamiento de productos en espera de ser reexpedidos y cuyo periodo de almacenamiento previsto no supere las 72 horas continuas. No obstante, si en el almacén existiera producto durante más de 8 días al mes o 36 días al año no será considerado almacenamiento en tránsito.

-Cantidades: el RD 656/2017 incorpora una tabla en la parte de Reglamento General (página 1) con una relación de clases de productos según su peligro y las cantidades mínimas a partir de las cuales aplica el citado Reglamento.

Por ejemplo, los aerosoles inflamables deben estar almacenanados según RAPQ a partir de 50 litros, los peróxidos orgánicos a partir de 5 litros, y los etiquetados como peligrosos para el medio ambiente, a partir de 1000 litros.

6- Soluciones técnicas

Existen en el mercado productos conocidos y no tan conocidos para ayudar a cumplir el RD 656/2017 APQ y sus instrucciónes técnicas complementarias.

Productos como:

Armarios de seguridad tipo 90 minutos (los de 30 minutos quedan definitivamente descartados del nuevo Reglamento) constituyen ahora en sí mismos sectores de incendio por lo que pueden colocarse de forma adecuada para el almacenamiento de inflamables en el interior de una nave.

Contenedores modulares : en sí mismos constituyen un almacén para productos químicos prefabricado siempre que haya sido fabricado a tal efecto. Pueden ser transitables o no, y tener resistencia al fuego o no.

El nuevo RD 656/2017 llama a los almacenes APQ contenedores modulares

Un contenedor modular prefabricado a medida listo para ser entregado al cliente

 

Vea o descargue aquí el nuevo Reglamento APQ, de 25 de julio de 2017.
 

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